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Vehículo eléctrico empresa: deducciones fiscales, IVA y ventajas tributarias en España 2026

Guía completa de las ventajas fiscales por comprar vehículos eléctricos e instalar cargadores en empresa en España 2026. Deducción en el Impuesto de Sociedades, IVA, amortización acelerada y beneficios para empleados.

Por Redacción CargadoresEmpresa··7 min de lectura

Electrificar la flota de empresa o instalar cargadores no es solo una decisión medioambiental — tiene implicaciones fiscales significativas que pueden reducir el coste real de la inversión en un 30-50% adicional a las subvenciones del Plan MOVES III.

Esta guía resume las principales ventajas fiscales disponibles para empresas que invierten en movilidad eléctrica en España en 2026.

Aviso legal: Esta guía es orientativa. Las ventajas fiscales concretas para tu empresa dependen de tu situación fiscal específica. Consulta siempre con un asesor fiscal antes de tomar decisiones basándote en este contenido.

Deducción en el Impuesto de Sociedades: la ventaja más importante

La principal ventaja fiscal para empresas está en la deducción por inversión en vehículos eléctricos y puntos de recarga en el Impuesto de Sociedades. Para saber cuánto cuesta la inversión antes de aplicar las deducciones, consulta el precio de un cargador eléctrico para empresa, que desglosa los costes por tipo de instalación.

Vehículos eléctricos

Las empresas que adquieran vehículos eléctricos nuevos pueden deducir el 15% de la inversión en la cuota del Impuesto de Sociedades, con los siguientes límites de base:

Tipo de vehículo Base máxima de deducción
Turismo eléctrico puro (BEV) 25.000 €
Turismo eléctrico enchufable (PHEV) 35.000 €
Vehículo comercial eléctrico (furgoneta) 45.000 €
Autobús eléctrico Variable

Ejemplo práctico: Compras 3 furgonetas eléctricas a 45.000 € cada una:

  • Inversión total: 135.000 €
  • Deducción (15% de 45.000 € × 3): 20.250 € de reducción directa en la cuota de IS

Esta deducción es compatible con la amortización normal del activo — no tienes que elegir entre una y otra.

Puntos de recarga

Para la inversión en instalación de puntos de recarga, también existe una deducción del 15% con un máximo de 15.000 € por punto de recarga:

Ejemplo práctico: Instalas 5 cargadores de 22 kW con una inversión total de 18.000 €:

  • Base de deducción: 15.000 € (límite máximo)
  • Deducción (15% × 15.000 €): 2.250 € de reducción en la cuota de IS

IVA deducible en vehículos y cargadores

Cargadores eléctricos

Para empresas con actividad sujeta a IVA, el IVA de la compra e instalación del cargador es 100% deducible como IVA de inversión. Si la instalación de 5 cargadores cuesta 18.000 € + 3.780 € de IVA (21%), esos 3.780 € los recuperas en tu declaración de IVA.

Vehículos

El IVA de los vehículos es más complejo:

Vehículos de uso exclusivo empresarial (vehículos de carga, furgonetas de reparto, taxis, vehículos de escuela de conducción, vehículos de alquiler): 100% deducible.

Vehículos de uso mixto (turismos que se usan tanto para la empresa como para uso personal del empleado o del autónomo): la Agencia Tributaria presume una afectación a la actividad del 50%, por lo que se puede deducir el 50% del IVA. Para deducir más, hay que acreditar un porcentaje mayor de uso empresarial.

Amortización: recuperar la inversión año a año

El cargador o el vehículo eléctrico son activos de la empresa que se amortizan según las tablas del Impuesto de Sociedades. Los coeficientes habituales:

Tipo de activo Coeficiente máximo Periodo mínimo
Vehículo eléctrico 16% 14 años
Punto de recarga (instalación técnica) 12% 18 años
Punto de recarga (equipo electrónico) 25% 8 años

La clasificación del cargador entre “instalación técnica” y “equipo electrónico” depende de las características concretas de la instalación y tiene impacto en la velocidad de amortización. Un asesor fiscal puede optimizar esta clasificación.

Amortización acelerada para activos nuevos

Las empresas de reducida dimensión (con volumen de negocio inferior a 10 millones de euros) pueden aplicar la amortización acelerada del artículo 103 de la Ley del IS: pueden amortizar los activos nuevos el doble de rápido que el coeficiente máximo. Esto permite recuperar la inversión en la mitad del tiempo, adelantando el ahorro fiscal.

Beneficios para empleados: retribución en especie

La electrificación de la flota también tiene implicaciones favorables en la retribución de los empleados.

Uso privado del coche de empresa eléctrico

Cuando un empleado tiene derecho a usar un coche de empresa para fines privados, hay una retribución en especie que tributa en el IRPF. Para vehículos eléctricos, esta retribución se valora con un descuento del 30% sobre el valor que aplicaría a un vehículo de combustión equivalente.

Carga en el trabajo

Desde la Ley 14/2022, la carga del vehículo eléctrico del empleado (incluyendo su vehículo personal) en los puntos de recarga instalados en la empresa puede tener tratamiento fiscal favorable o exención bajo determinadas condiciones dentro del plan de retribución flexible.

Esta es una ventaja que las empresas están usando para atraer talento: ofrecer la carga gratuita del vehículo eléctrico en el trabajo como parte del paquete de compensación, con bajo o nulo coste fiscal para el empleado. Las empresas que han instalado cargadores en sus aparcamientos lo explican en detalle en la guía de cargador eléctrico en parking de oficina.

La combinación óptima: MOVES III + deducción fiscal

La estructura que maximiza el ahorro para una empresa que invierte en cargadores:

Concepto Importe (ejemplo: 5 cargadores, 18.000 €)
Inversión bruta 18.000 €
Subvención MOVES III (40% empresas) -7.200 €
Base después de subvención 10.800 €
IVA recuperado (21%) -3.780 €
Deducción IS (15% hasta 15.000 €) -1.620 €
Coste real neto ~7.400 €

En este ejemplo, la empresa recupera el 59% de la inversión bruta entre subvención, IVA y deducción fiscal. Lo que inicialmente parecía una inversión de 18.000 € tiene un coste real de algo más de 7.000 €.

Qué hacer para no perder ningún beneficio

  1. Conserva toda la documentación: facturas de compra, contratos de instalación, boletín de instalación, justificante de la subvención. Necesitarás todo para la deducción fiscal y para responder a cualquier inspección.

  2. Tramita la subvención antes de ejecutar la obra: el MOVES III exige presentar los presupuestos comparativos antes de la instalación. Si la instalas antes de solicitar la subvención, no puedes pedirla. La guía de subvenciones cargadores eléctricos empresa detalla todos los pasos, plazos y documentación requerida.

  3. Informa a tu asesor fiscal antes de la inversión: la deducción en el IS debe planificarse para el ejercicio correcto. No la dejes para el cierre del año.

  4. Clasifica correctamente los activos: la clasificación de los cargadores como “instalación técnica” o “equipo electrónico” tiene impacto en la velocidad de amortización. Un criterio incorrecto puede costar dinero.

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Preguntas frecuentes

¿Qué deducciones fiscales tiene una empresa al comprar un vehículo eléctrico?

Las empresas pueden aplicar una deducción en el Impuesto de Sociedades del 15% de la inversión en vehículos eléctricos nuevos adquiridos entre 2023 y 2025 (base de deducción de hasta 25.000 € por turismo eléctrico puro, 35.000 € para turismo enchufable, 45.000 € para furgonetas). Además, la inversión en puntos de recarga tiene una deducción del 15% con base máxima de 15.000 €. Estas deducciones son adicionales a la amortización normal del activo.

¿Los cargadores eléctricos de empresa tienen IVA deducible?

Sí, para empresas con actividad sujeta a IVA, el IVA de la compra e instalación del cargador es totalmente deducible como IVA de inversión, igual que cualquier otro activo de la empresa. Para los vehículos, la deducción del IVA depende del uso: si el vehículo se usa exclusivamente para la actividad empresarial, el IVA es 100% deducible; si hay uso mixto (empresa y particular), la deducción está limitada al porcentaje de uso empresarial, con una presunción del 50% según la Agencia Tributaria.

¿Tiene ventajas fiscales instalar cargadores para los empleados?

Sí. La carga de vehículo eléctrico en los puntos de recarga instalados por la empresa para uso de los empleados puede calificarse como retribución en especie con una valoración fiscal muy favorable o incluso exenta, dependiendo de la configuración. Desde 2023, la Ley del IRPF exime de tributación la carga del vehículo eléctrico del empleado en el trabajo cuando la empresa lo financia como parte del plan de retribución flexible. Esta es una ventaja competitiva real para atraer talento.

¿Puedo amortizar más rápido un cargador eléctrico de empresa?

Sí. Los puntos de recarga y los vehículos eléctricos pueden acogerse a la amortización acelerada (tabla de coeficientes máximos del Impuesto de Sociedades). Los cargadores se clasifican habitualmente como 'instalaciones técnicas' con coeficiente máximo del 12% (periodo mínimo de amortización de 18 años) o como 'equipos electrónicos' con coeficiente del 25% (periodo mínimo de 8 años). Consulta con tu asesor fiscal para la clasificación exacta según el tipo de instalación.

¿Las subvenciones MOVES III son compatibles con las deducciones fiscales?

Sí, con una matización: la deducción fiscal se aplica sobre el coste neto de la inversión una vez descontada la subvención. Es decir, si compras un cargador por 2.000 € y recibes una subvención de 1.000 €, la base de la deducción fiscal del 15% es 1.000 € (el coste neto). No puedes deducir el importe que ya has recuperado vía subvención. Sin embargo, la combinación de ambos incentivos (subvención + deducción fiscal) puede reducir el coste real de la inversión hasta un 70-80%.

¿Hay diferencia fiscal entre compra y renting de vehículo eléctrico en empresa?

Sí. En la compra, el gasto se distribuye vía amortización a lo largo de la vida útil del vehículo, y se aplica la deducción del 15% el año de la inversión. En el renting, la cuota mensual es directamente deducible como gasto de explotación en su totalidad, sin necesidad de calcular amortizaciones. Muchas empresas prefieren el renting para vehículos eléctricos precisamente porque el tratamiento contable es más sencillo y permite renovar la flota con menor compromiso de capital.

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